La desaparición de mujeres como parte de la violencia feminicidaHistoria de seis casos en méxico

Análisis de los casos

Aspectos del contexto familiar y social

Al reflexionar sobre los casos de feminicidio presentados encontramos elementos sociales comunes. Varios de ellos involucran a una pareja sentimental y algunas víctimas vivieron  situaciones de violencia intrafamiliar con la pareja, en todos aparece como constante la desaparición. También es importante situar las víctimas en su entorno social y comunitario, evolucionan muchas veces en un entramado, un tejido social denso, donde se apoyan muchas veces en sus vecinos  El conocimiento de su entorno resulta clave en sus procesos, conocen muy bien su barrio pues han crecido ahí.  

Los lugares de origen de las víctimas comparten dinámicas sociales parecidas: presencia de violencia desde delincuencia común, robos de carros, narcomenudeo, y redes criminales. Estos elementos fomentan un entorno inseguro, violento y que tiene consecuencias directas para las mujeres en su barrio, colonia, las precariza. Por lo mismo, es importante contextualizar la situación de violencia que viven los Estados en los cuales ocurren los feminicidios. Podemos notar que las altas tasas de feminicidios se vinculan al aumento y la propagación de otros delitos que empeoran la situación de seguridad. Sin duda, existe una crisis de violencia vivida en regla general en el país pero ciertos estados de la República alcanzan niveles sin precedentes en materia de violencia de género tal como Veracruz, Estado de México, Puebla, Guerrero y Ciudad de México. Por ejemplo, en el caso del Estado de Puebla el año 2019 puede considerarse como uno de los picos en materia de feminicidios que coincide precisamente con un aumento significativo de  otros delitos como el narcomenudeo y secuestro. Por tanto, es  importante constatar como un alto número de municipios entraron en Alerta de Género en el Estado de Puebla en 2019.

Asimismo, nos parece central abordar el perfil social de las familias para contextualizar los casos de feminicidios. Es decir, de dónde vienen y a qué se dedicaban antes del feminicidio de su hija. Aquí el testimonio de la mamá de Natali acerca de su vida “residente de Iztapalapa, he sido comerciante. El último trabajo que tuve fue de cocinera en una parroquia. Me gusta trabajar.” Podemos señalar que varios padres no han podido estudiar una carrera y se han dedicado toda su vida al comercio, a ser empleados en un  negocio formal o informal. La vida familiar es muy importante, tanto sentimentalmente como para apoyarse económicamente, las redes de solidaridad son importantes entre los miembros familiares.

Características de la desaparición

Ante los estigmas y prejuicios que rondan la desaparición de mujeres, niñas y adolescentes del país respecto a cómo y dónde desaparecen, las voces de sus familiares rompen el silencio para narrar la cotidianidad de los hechos. En la mayoría de las desapariciones de México no hay eventos extraordinarios en sus relatos: el trayecto de regreso a casa después de la escuela o el trabajo, a plena luz del día, en horarios en los que hay personas en la vía pública.

En los registros oficiales de la Comisión Nacional de Búsqueda, no hay manera de saber en dónde fueron vistas las personas por última vez, o que hacían al momento de ser desaparecidas. Esta parte de la historia puede ser encontrada, de forma resumida, en las fichas de búsqueda que emiten los colectivos de familiares y las instituciones locales. Fue vista por última vez en el parque, vestida con el uniforme de la secundaria en la que estudia. Vista por última vez en su coche con destino a su trabajo, vista por última vez saliendo de una fiesta. En este México, las mujeres, niñas y adolescentes son vistas por última vez viviendo sus vidas en un contexto donde su seguridad debió haber sido resguardada por el Estado.

Brenda Damaris, de 25 años de edad, llamó por teléfono a su hermano a las cinco de la mañana del 31 de julio de 2011, después de haber disfrutado en compañía de su madre y su pareja en un bar en Monterrey. En la llamada informó que habían tenido un accidente automovilístico, que se salieron del camino ella y su pareja y que necesitaban que fueran por ellos, de fondo se escuchaban las voces de policías pidiendo una suma de dinero para dejarlos ir. Cuando llegaron al lugar, sólo encontraron a los policías que negaron haber visto a la pareja y la camioneta de Brenda vacía. Dos meses y medio después se encontraron los restos de dos personas en la autopista Monterrey-Saltillo, que hasta un año después del hallazgo fueron identificados como los restos de Brenda Damaris y su pareja.

Fátima, de 12 años, se encontraba regresando de la escuela el 5 de febrero de 2015, cuando desapareció a pocas cuadras de distancia de su casa. Fue encontrada algunas horas después cuando su familia y vecinos se movilizaron de manera inmediata para buscarla en las inmediaciones del barrio.

Natali, de 31 años, desapareció acompañada de su pareja mientras se dirigían a la ciudad de Puebla, a plena luz del día 27 de enero de 2019. El cuerpo de Natali es encontrado tres años después de su desaparición en un predio en Huejotzingo Puebla, exactamente a 40 cm de profundidad en la misma fosa en la que fue hallado el cuerpo de su pareja 14 días después de que ambos desaparecieran.

Bianet, de 35 años, se encontraba la mañana del 11 de junio de 2019 comprando los uniformes escolares de sus hijas en la ciudad de Xalapa, Veracruz. Fue desaparecida mientras se dirigía al municipio de Cosautlán de Carvajal. Permaneció desaparecida dos meses y tres días.

Diana Celina, de 24 años, estaba saliendo de la celebración de navidad de su trabajo, la madrugada del 21 de diciembre de 2019, cuando la vieron subirse al coche de un amigo, siendo éstas las últimas noticias sobre su paradero. Su cuerpo fue hallado cinco días después de su desaparición en una barranca en la Autopista del Sol, en el estado de Guerrero.

Ayelin, de 13 años de edad, desapareció el 15 de octubre de 2020, después de que su mamá le hablara por teléfono para pedirle ayuda en el negocio. Las vecinas vieron salir a Ayelin de su casa, alrededor de las cuatro de la tarde, con dirección al negocio de su mamá, pero nunca llegó. Sus familiares encontraron sus restos cuatro días después de su desaparición.

Las historias de las mujeres, niñas y adolescentes que se incluyen en esta investigación, dan cuenta de condiciones diferenciadas por el estado y año en el que sufrieron estos hechos, pero, además, el total de tiempo en el que se desconoció su paradero va desde unas cuantas horas, como lo fue en el caso de la niña Fátima, hasta tres años como en el caso de Natali, en el que de haber tenido una primera búsqueda exhaustiva su familia hubiera sabido lo sucedido con su hija catorce días después de su desaparición.

La diferencia entre los tiempos tiene que ver con las características específicas de cada caso, como se puede analizar en el universo total de desapariciones de mujeres, niñas y adolescentes en el país. La rapidez con la que Fátima fue encontrada alude a la organización de la familia y de la comunidad para dar con su paradero, a que los perpetradores cometieron el feminicidio a escasos metros de la casa de la familia de Fátima, a que sus padres activaron la búsqueda aproximadamente 40 minutos después de la hora habitual de llegada de su hija de la escuela, por lo que los perpetradores no tuvieron tiempo de ocultar el cuerpo. La demora en la localización de Natali responde exclusivamente a la negligencia de las autoridades, su desconocimiento de los protocolos y la falta de voluntad institucional para realizar una búsqueda diligente, exhaustiva y expedita. 

En los seis casos, como en la mayoría de las historias, son las familias quienes emprenden las acciones de búsqueda inmediata a la par de asistir a las instituciones correspondientes para hacer la denuncia por la desaparición. Las formas de búsqueda inmediata más frecuentes son preguntar a las personas que vieron por última vez a sus familiares: los amigos de trabajo de Diana, la amiga de la escuela de Fátima con la que regresaba en el transporte público, las vecinas de Ayelin; hacer el recorrido que sus familiares pudieron haber hecho antes de la desaparición, ubicar cámaras de seguridad; hacer fichas de búsqueda con la fotografía e información básica para pegarlas en la zona donde fue vista por última vez. Además, en algunos casos más recientes, las familias recurren a estrategias de comunicación y movilización social como marchas, plantones, tomar instalaciones de dependencias de gobierno o cerrar vías públicas, esto con la intención de presionar a las autoridades para activar las acciones de investigación y búsqueda inmediata.

También es necesario mencionar que en los casos Ayelin y Fátima, ambas fueron localizadas por sus propios familiares, mientras que con Diana, Brenda y Bianet, sus cuerpos  fueron encontrados por personas que iban caminando por los sitios donde dejaron sus restos. En el caso de Natali, una persona de forma anónima brindó información del lugar donde se hallaron los restos de su pareja, y posteriormente los de ella. Dentro de estas tres categorías podrían agruparse la mayoría de los casos de mujeres, niñas y adolescentes víctimas de desaparición y feminicidio que son localizadas en el país, siendo la de mayor prevalencia la segunda, donde personas desconocidas encuentran cuerpos de mujeres depositados, arrojados o expuestos en la vía pública, la cual es, según la tipificación del feminicidio dentro del código penal, uno de los supuestos que acredita razones de género.

La desaparición de Brenda Damaris es la única que puede ser considerada una desaparición forzada por la presencia de agentes del Estado, en este caso policía de tránsito, involucrada activamente en el hecho delictivo. Por las estrategias que utilizan las y los perpetradores en la comisión del delito de desaparición, la acreditación de una desaparición forzada suele ser compleja, por la falta de registros de la actividad de los agentes estatales, por el nivel de impunidad dentro de las instituciones, por la falta de transparencia y porque la desaparición es cometida con la intención de no dejar evidencia. Sin embargo, la falta de debida diligencia en la búsqueda e investigación de los demás casos, la corrupción de las autoridades y las violaciones a los derechos de las víctimas y sus familiares podría ocasionar que sean considerados como desapariciones de tipo forzadas porque las autoridades del Estado parece autorizar o aprobar que estas ocurran ante su falta de rigor en la búsqueda e investigación, permitiendo que más mujeres, niñas y adolescentes sufran el mismo destino por la falta de consecuencias.

Relación entre desaparición y feminicidio (Nuevo León, Estado de México, Puebla, Veracruz, Guerrero, Ciudad de México) 

Los seis casos presentados en la investigación corresponden a desapariciones que anteceden a un feminicidio o en su caso a la privación de la vida de las mujeres desaparecidas. 

En los seis estados donde ocurrieron los casos se encuentra tipificado el delito de feminicidio, lo cual constituye la posibilidad de que toda muerte de una mujer por razones de género sea investigada como un feminicidio. De acuerdo al Instrumento para el Registro, Clasificación y Reporte de los Delitos y las Víctimas CNSP/38/15, Manual de llenado  emitido por la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana y por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los criterios de clasificación para el feminicidio, además de las razones de género incluyen que:

Los avances legislativos han permitido que, en algunos de los casos, las investigaciones ante el hallazgo de los restos de las niñas y mujeres desaparecidas se encaminen a sentencias a las personas responsables de su desaparición y posterior feminicidio.

Si bien estos delitos tienen definido de manera diferente el  tipo penal en cada entidad federativa, las investigaciones de estos seis casos han dependido de diversos factores como lo son la capacidad de las fiscalías investigadoras, la especialización de las fiscalías con relación a la investigación de los delitos, la implementación de las figuras jurídicas en cada estado, la dinámica para la recepción de una denuncia, la celeridad con que se realizan las investigaciones y la búsqueda, de la voluntad de las instancias legales para realizar actos de investigaciones diligentes, así como la capacidad para establecer mecanismos de comunicación con autoridades dentro de los estados y con homólogas en otras entidades federativas.

El papel de los familiares de las víctimas directas ha representado diferencias en la investigación de estos delitos. Inicialmente, cuando se denuncia la desaparición, el factor común en los casos fueron las demoras en la investigación y en algunos de los casos previos a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda, como lo son el caso de Brenda Damaris González Solís y Fátima Varinia Quintana Gutiérrez, las circunstancias no sólo no se encaminaron a la búsqueda inmediata sino que la investigación del feminicidio se dio bajo condiciones de desconfianza, de falta a la debida diligencia y con el requerimiento de la intervención de equipo técnico forense que permitiera especificar las circunstancias de desaparición, de hallazgo y de identificación que subsanara las irregularidades en las investigaciones.

Otros casos, como el de Bianet Ronzón Tejeda en Veracruz y el de Natalí Carmona Hernández en la Ciudad de México se infiere la comisión del delito de feminicidio, sin embargo no se ha acreditado como tal tras deficiencias en las investigaciones que puedan acreditar las razones de género descritas en los criterios para clasificación del feminicidio. 

De acuerdo con información para el año 2022 del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública al corte del mes de agosto de 2022, tres de los seis estados corresponden a entidades con un mayor número de feminicidios en el país. El Estado de México, Ciudad de México, Veracruz y Nuevo León ocupan los lugares 1, 2, 4 y 6 respectivamente en el número de desapariciones registradas en lo que va del 2022 de acuerdo al Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No localizadas. Tan solo en los seis estados donde se insertan los casos de esta investigación se han registrado 1,016 desapariciones de mujeres.

Tres de los seis casos ocurrieron en un municipio donde se ha decretado la alerta de violencia de género contra las mujeres (AVGM) lo cual no solo establece una relación entre la tolerancia a la violencia contra las mujeres sino que la relación entre ambos delitos no siempre llega a investigarse de la manera más óptima y oportuna. En aquellos casos donde ocurrió una desaparición y un feminicidio y el municipio no cuenta con AVGM como lo es el caso de Lerma, EDOMEX y Santa Catarina, Nuevo León, ambos municipios se encuentran entre las entidades ubicadas en primero y segundo lugar con presuntos delitos de feminicidio y solo el caso ocurrido en Tixtla en el estado de Guerrero no se encuentra entre los lugares donde ocurren estos delitos. 

La complejidad y la relación entre los delitos de desaparición y feminicidio va mucho más allá de contar con tipos penales, hay que tomar en cuenta la disposición de agencias o fiscalías especializadas que puedan investigar delitos ocurridos con anterioridad, los medios legales a los que tienen derecho tanto las víctimas como las personas responsables de ambos delitos y la voluntad expresada por parte de las autoridades para investigar y sancionar estos delitos.

Relación las razones para tipificar feminicidio: 

Desde los años 90, la violencia contra las mujeres ha sido un grave problema que con el paso del tiempo se ha recrudecido. En el 2015, de acuerdo con el INMUJERES, diariamente eran asesinadas de forma violenta 7 mujeres por día, cifra que para el 2022, ha incrementado hasta alcanzar 11.5 mujeres asesinadas por motivos de género diariamente. 

Considerando la grave situación y que era necesario tomar acción inmediata, desde el 14 de julio de 2012, el Código Penal Federal contempla al feminicidio en su artículo 325, capítulo V, entre los delitos contra la vida y la integridad corporal. Aquel que comete feminicidio es “quien prive de la vida a una mujer por razones de género”. El tipo penal de feminicidio fue puesto en vigor con el propósito de combatir un delito en particular, pero también ayudaría a visibilizar y entender la verdadera naturaleza de un fenómeno en particular. Cosa que hasta el día de hoy no se ha logrado debido a diversas irregularidades y problemas como la falta de cifras reales.  

Para el 2015, ya existía el tipo penal de feminicidio y en algunos estados se habían diseñado incluso protocolos de investigación en casos de mujeres, pero la violencia no cesó. Se detectó incluso que la mayoría de los casos de feminicidio no se investigan como tales, pese a que la mitad de las entidades cuenta con un protocolo de actuación e investigación para este delito. La resistencia de las autoridades tanto locales como federales para dar cifras seguía siendo un problema y aún no se conocía la realidad de la violencia sufrida por las mujeres. 

Algunas de las cifras más aterradoras afirman que 32 de cada 100 mujeres que mueren por violencia son previamente torturadas; La mayoría de las mujeres (77.7%) separadas o divorciadas sufrieron violencia física y/o sexual de sus ex-parejas. Considerando que muchas de las muertes violentas de mujeres son tipificados como homicidios, como lo son los casos de Bianet y Natali Carmona del 2019, los cuales se encuentran en proceso de ser considerados como feminicidio. Tomando en cuenta lo anterior, muchos son los casos que se encuentran en esta misma situación, y las entidades clasifican feminicidios como homicidios dolosos con el fin de que sus cifras no se disparen; hasta hoy, existe un claro subregistro en el número total y real de feminicidios, cifra que podría ser mucho mayor. 

Durante muchos años, incluso ya desde el 2015, diversos frentes denunciaron que las cifras oficiales sobre feminicidio estaban incompletas y que eran básicamente inútiles. Las entonces procuradurías no publicaban cifras específicas sobre feminicidios ni a nivel estatal ni federal. Estas cifras siguen siendo inexactas y se sigue luchando contra un subregistro de los casos de feminicidio en todo el país. A pesar de que recientemente los casos de feminicidio se han logrado poner en el centro de los medios de comunicación en todo el país, hay que recalcar que este no es un problema nuevo ni reciente. En muchos frentes se llevan años luchando contra esta grave violación a los derechos humanos de las mujeres, empezando por visibilizar desde fuentes alternativas como lo son informes de las OSC, la verdadera magnitud del problema.  

En el 2012 se incluyó en el código penal federal el tipo penal de feminicidio, y este fue agregado en los códigos penales locales en los años subsecuentes. En cada una de las entidades existen variaciones en cuanto a agravantes, hay variaciones en los procedimientos y en los montos que se cobrarán como reparación al imputado  y en la sanción que puede darse, pero en todos los casos, retoman las razones de género como se establece en el Código Penal Federal.

A pesar de que para el año 2011 ya estaba en vigor la Ley General de Acceso, de acuerdo con un informe presentado por organizaciones de la sociedad civil ante la CEDAW en octubre de 2011, en Nuevo León no existía ninguna ley que garantizara la igualdad entre hombres y mujeres, ni un sistema estatal que ayudara a este propósito. Además, ni el Código Penal de Nuevo León ni la Ley de Acceso local contemplaban el delito de feminicidio, este fue reconocido hasta el 2013. Es por esto, que los asesinatos violentos de mujeres en esta época, como lo fue el de Brenda Damaris, no fueron clasificados como feminicidio y nunca podrán ser considerados como tales debido a que no aplica el principio de retroactividad. Toda muerte de mujer era investigada como homicidio doloso. Aunque en casos previos al tipo penal, lo que las autoridades debieron hacer fue recurrir a las convenciones internacionales de la CEDAW y de la Convención de Belém do Pará, lo cual hubiera sido una forma de proteger y garantizar los derechos de las mujeres. Esta lógica aplicaría no sólo para Nuevo León, sino para todas las entidades del país. 

De los 6 casos analizados, los únicos que fueron considerados como feminicidio desde el principio fueron el de Fátima ocurrido en Edomex en el 2015 y el de Ayelin, ocurrido en Guerrero en el 2020. En el caso de Diana, este tardó en ser calificado como feminicidio, pero al final se logró gracias a las razones de género claramente existentes en su atroz asesinato. En cuanto a Natali, quien desapareció en el 2019 en CDMX, y a Bianet quien también fuera asesinada en el 2019 pero en Veracruz, están en proceso de que se les considere como feminicidio. En el caso particular de Natali es hasta que interviene la instancia federal, la Fiscalía General de la República, que hay un avance significativo. En un análisis detenido de los 6 casos se pueden notar las siguientes características relacionadas con las razones de género: en todos los casos, los cuerpos fueron hallados en la vía pública, lo cual demuestra una disposición sumamente irrespetuosa de sus cuerpos; en todas, hubo una violencia extrema e inhumana que por respeto a ellas y sus familias no se detalla; de igual forma los cuerpos no fueron recuperados en su totalidad por diversos motivos.   

En el caso de los feminicidios, resulta de gran relevancia tomar en cuenta los escenarios previos al asesinato de la víctima. Se ha demostrado que la violencia comunitaria, social o cualquier otro tipo de violencia a la que pueden estar expuestas las mujeres, pueden llegar a ser uno de los elementos que provoca que las mujeres sean asesinadas. Es necesario mencionar que estas violencias pueden prevenirse, o en el caso de que ya hayan sucedido, las mujeres pueden y deben ser protegidas por el Estado. En los casos en cuestión, varias de las mujeres vivían o llegaron a vivir violencia por parte de alguna pareja como fue el caso de Bianet. De igual forma, Diana tuvo una relación muy violenta y posterior a ella un pretendiente celoso y controlador que trabajaba con ella. Ayelin y su familia vivían violencia por parte de algunos miembros de su comunidad y la pareja de Natali se sospecha, que tenía nexos con el crimen organizado. En el caso de Damaris, su esposo recibió unas llamadas de amenaza unos meses antes de que ella fuera desaparecida. 

Además del hecho de tener que lidiar con el feminicidio y el inimaginable dolor que este suceso conlleva, las víctimas y sus familias sufren de difamación, criminalización, revictimización e incluso tienen una gran carga de culpabilidad por parte de la sociedad. En los casos analizados, las familias han tenido que escuchar la denigrante frase de: señora seguro se fue con el novio o ¿por qué usted la dejó sola? De una u otra forma todas son revictimizadas como si el haberlas asesinado no fuera suficiente para el Estado.          

Dificultades para la investigación:

En los seis casos abordados en la investigación nos encontramos con deficiencias e irregularidades en la etapa de integración de las carpetas y la investigación en sí misma. Como se ha abordado en distintos apartados, los casos presentaron resistencias para ser admitidos como una denuncia formal.  Los procesos de recepción de denuncias presentaron cargas de estigma y falta de credibilidad hacia las familias, en algunos casos negando la existencia de algún delito sin profundizar en la información aportada por las familias de las víctimas.

Otra de las dificultades para la investigación se centró en las capacidades institucionales para la investigación, siendo estas la disposición de personal suficiente para la recepción de la denuncia, disposición de auxiliares que no concentran las tareas de investigación y/o contacto con las familias y víctimas indirectas, la carencia de policías de investigación o policías ministeriales, la falta de conocimiento respecto de los actos de investigación que se deben realizar ante una denuncia por desaparición no solo de una persona, sino del enfoque diferenciado que debe aplicarse al momento de tener el conocimiento de la desaparición de una mujer o una niña en contextos específicos. Seguido de esto, las dificultades recaen en la falta de comunicación con otras instancias como las Comisiones de Búsqueda o de las policías e instancias de seguridad para la obtención de imágenes de cámaras de videovigilancia en las rutas de desaparición, la falta de solicitud fundamentada de registros telefónicos, la falta de análisis de los mismos y en algunos de los casos, la legalización de esas comunicaciones que le dieran validez y utilidad en la judicialización de los casos.

No es excesivo referirse también a la parte que ha sido abordada en el apartado de búsqueda forense en relación con el hallazgo, fijación, embalaje, procesamiento, identificación y restitución de los restos a su familias, que también toca a un tema de legalidad desde los lineamientos básicos para la cadena de custodia, los protocolos de identificación desde el enfoque de perspectiva de género y debida diligencia tal y como lo establece el Protocolo de investigación ministerial, policial y pericial con perspectiva de género para el delito de feminicidio, ya que procedimientos realizados dentro de los seis casos expuestos en esta investigación, han significado que apenas uno de los casos cuente con una sentencia condenatoria.

Las malas prácticas, las omisiones y el desconocimiento de las leyes en la materia ha tenido como resultado que se hayan cometido serias faltas a la debida diligencia en la investigación y la búsqueda y que las familias tuvieran que recurrir a organismos autónomos como las Comisiones de Derechos Humanos de los estados para presentar quejas en contra de las procuradurías y fiscalías que a la fecha han representado el impedimento al acceso a la justicia.

El impacto generado en los casos ha generado nuevas necesidades que requieren análisis técnicos especializados que evidencien inclusive el alcance de las omisiones vividas en los casos, de la realización de peritajes que ayuden a esclarecer no solo los hechos sino que ayuden a establecer y a robustecer líneas de investigación, que provoquen actos de investigación que no solo estén orientados a sentencias condenatorias, sino que garanticen legalidad, el cumplimiento de la ley en materia de desaparición de personas y eventualmente la responsabilidad de los perpetradores.

La demora excesiva, la pérdida de evidencia durante la investigación, la introducción de medios de prueba en etapas tardías que dificultan la legalización en los tiempos establecidos genera que la etapa de investigación se prolongue de manera indefinida, que algunas investigaciones hayan causado reserva y de manera general que la justicia no llegue para las víctimas directas e indirectas.

Desde el aspecto técnico se observa que representan demoras importantes, pero también los casos se han enfrentado a otro tipo de dificultades como el no reconocimiento o la minimización de las desapariciones y los feminicidios que tiene una implicación política que es tajante y se traduce en la negación de la problemática.

La conjunción de dificultades institucionales, políticas, el alza en la comisión de los delitos de desaparición y la falta de investigación y castigo en los feminicidios perpetúan la impunidad en estos casos. Las alertas de violencia de género no han logrado reducir la incidencia del delito ni ha mejorado los canales de comunicación interinstitucionales que ayuden a realizar mejores búsquedas e investigaciones interrelacionadas que aporten a que el Estado garantice verdad y justicia.

Sanción: 

En el caso de feminicidio, este se diferencia de homicidio gracias a las razones de género que establecen los códigos penales locales, así como el federal. De acuerdo con Víctor Rogelio Caballero Sierra, presidente del Colectivo Aequus, las confusiones y los vacíos de los sistemas judiciales en México han propiciado que los responsables de los asesinatos de cientos de mujeres no sean procesados o, en su caso, sentenciados con una pena vitalicia por feminicidios. A pesar de que el código penal federal establece características específicas de lo que es un feminicidio, en unos estados hay más requisitos que en otros, además de que las condiciones establecidas por cada uno de los códigos locales varían uno del otro. Juega en contra de las víctimas y de las familias la existencia del conocido “candado del patriarcado”, el cual permite que el juez que lleva el caso interprete los hechos y decida de forma arbitraria si el hecho es o no un feminicidio. Todo después de una profunda investigación. 

El número total de sentencias emitidas en una entidad federativa no se encuentra en documentos publicados por las mismas. De acuerdo con Impunidad Cero, sólo a través de solicitudes de acceso a la información puede conocerse esta información. En su reporte Impunidad en homicidio doloso y feminicidio en México Reporte 20202, se dio a conocer que CDMX y Edomex son las entidades con el mayor porcentaje de sentencias condenatorias en el delito de feminicidio con 93.9% y 94.9% respectivamente. Mientras que en Guerrero y en Nuevo León se desconocen el total de sentencias absolutorias por lo que el porcentaje se desconoce. Puebla y Veracruz no reportaron nada. En estos últimos cuatro casos resulta preocupante que no se tengan cifras exactas, ya que de esta forma no se puede tener una idea de la situación de impartición de justicia en dichas entidades. 

A partir del diálogo con las familias víctimas de violencia feminicida, se sabe que un importante número de ellas llevan muchos años luchando y exigiendo, visitando y presionando a cada MP que les toca, porque la experiencia en esta área que nadie quiere tener, indica que si ellas no llevan pruebas, hacen la investigación y están todo el tiempo exigiendo avances y resultados, para obtener justicia por sus hijas, el estado no hace nada. La falta de confianza hacia las autoridades es un problema grave  y justificado. 

La impunidad que puede verse en muchos de los casos, es una muestra de la violencia exacerbada hacia las mujeres. Aún cuando ya han sido víctimas de feminicidio, las mujeres siguen siendo víctimas de violencia estructural por parte de los estados y de las autoridades. A pesar de la implementación de diversas leyes, el desarrollo de protocolos y herramientas para hacer frente a la violencia feminicida, esta no cesa y al momento de la impartición de justicia, el Estado vuelve a fallar cuando no otorga castigo a los perpetradores. 

La violencia comunitaria también es muy constante y las familias deben en muchas ocasiones enfrentarla día con día. El acceso a la justicia les es negado, pero las familias no quitan el dedo del renglón por sus hijas que les fueron brutalmente arrebatadas. Enfrentan maltrato y revictimización por parte de autoridades que frente al alto índice de feminicidios “avanzan lentamente en la resolución de los casos con trabas, falta de personal, falta de formación y recortes presupuestarios” Cabe mencionar que incluso se ha sugerido que se retiren los recursos a aquellos municipios que muestran avances en la Alerta de Violencia de Género, cosa que no es una solución ya que esto sólo alentaría y  dificultaría aún más que las familias accedieran a la justicia en un país en que la tasa de impunidad supera el 95%. 

Mientras que el Estado afirma una reducción en delitos como el feminicidio, las organizaciones de la sociedad civil, quienes son las que además trabajan día con día con las familia, visualizan un escenario completamente diferente, en el que ahora son asesinadas en promedio 11.5 mujeres por día en México, de los cuales, de acuerdo con Paola Jiménez, coordinadora de evaluación de Jurimetría, menos de tres de estos casos de investiga como feminicidio . La saña que se expresa en contra de las víctimas es cada vez peor y las fiscalías estatales muestran una clara resistencia a calificar los casos de las mujeres como feminicidios. Desde el trabajo de acompañamiento a familias, se nota una clara presión por parte del Estado para que las cifras no aumenten y poder seguir con un discurso en el que erróneamente afirma que hay una reducción en los delitos contra las mujeres. La ineficiencia judicial frente a casos de feminicidio facilita y promueve la impunidad.   

Al día de hoy, en los diferentes estados, no hay sanciones verdaderas en contra de aquellos funcionarios públicos que no actúan de acuerdo a los protocolos, amenazan, omiten e incluso obstruyen los procedimientos para el esclarecimiento de los casos de feminicidio. Para muchos de ellos el máximo castigo que obtienen son faltas administrativas a pesar de que la obstrucción en una investigación es sumamente grave y no contribuye a mejorar el aparato de justicia en México. Además, se ha notado que en varios de los casos, las omisiones y negligencias de las autoridades llevan a que el acceso a la justicia tarde incluso más de 10 años. En este tiempo, se pierden pruebas vitales. Un claro ejemplo es el caso de Damaris, en el que debido a la falta de pruebas que con el tiempo se fueron perdiendo, al día de hoy es casi imposible que haya alguna persona sentenciada por su desaparición y homicidio. Luego de tanto tiempo, lamentablemente a lo único que su familia puede acceder es a una reparación del caso y que el estado asuma su responsabilidad en las negligencias y entorpecimiento del caso.

En algunos otros casos como lo son el de Diana y Bianet, el acceder a la justicia se complica debido a que la forma en la que se llevaron a cabo los feminicidios, no brinda pruebas suficientes para vincular a algún sospechoso por sus brutales asesinatos. Mover los cuerpos o que se pierdan pruebas genéticas y físicas vuelve complicado el poder vincular a alguien con su feminicidio. Ayelin por otro lado, es un caso en el que hay una investigación en curso y a una persona vinculada porque se encontraron pruebas genéticas que vinculan a este único sujeto. Las pruebas genéticas son vitales, pero también lo son los análisis antropológicos, ya que estos pueden ayudar a entender más aspectos de un feminicidio y contribuir en gran medida al caso como podría ser en el de Ayelin. Natali por otro lado es un caso en el que se espera que el involucramiento de una instancia federal como es FGR traiga consigo mayor claridad y avances. 

Ante la difícil situación que enfrentan las mujeres en México, y la falta de acción del Estado mexicano, en mayo del 2022, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un comunicado en el que afirma que la situación de violencia contra las mujeres en México resulta sumamente alarmante e insta a que el Estado redoble esfuerzos a la brevedad para investigar , juzgar, sancionar y reparar la violencia basada en género. 

Dificultades en la búsqueda:

En 2020 se emitió el Protocolo Homologado de Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas porque así lo estableció la Ley General en Materia de Desaparición en el artículo 49, fracción XVI. En este se señala e identifica qué le toca hacer a cada autoridad para buscar a las personas, cuáles son sus responsabilidades, de qué forma deben coordinarse, e incluso cómo tratar a las familias. Además, se establecen los diferentes tipos de búsqueda y qué acciones deben cumplirse en cada una de ellas.

Este protocolo fue publicado en el Diario de la Federación el 6 de octubre de 2020, once días antes de que desapareciera Ayelin, siendo éste el único caso de la investigación en el que ya existía el Protocolo Homologado. Aun así, en los años de las otras desapariciones, ya existían leyes y principios que las autoridades debían conocer y cumplir para garantizar los derechos de las personas desaparecidas y sus familiares, entre estos se encuentran la ley General en materia de desaparición y los Principios Rectores para la Búsqueda de Personas Desaparecidas basados en la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

Con o sin protocolos, las búsquedas que forman parte de esta investigación estuvieron plagadas de vacíos, deficiencias e irregularidades, a continuación, se enlistan los principales problemas:

La denuncia por desaparición no es aceptada de manera inmediata por las autoridades correspondientes.

Falta de activación del Protocolo Alba.

Deficiencias para iniciar la búsqueda inmediata y falta de acciones de búsqueda en vida.

Búsquedas que no están asociadas de ninguna manera a la investigación.

Búsqueda Forense:

La presente investigación da cuenta de desapariciones de mujeres desde el año 2011, 2015, 2019 y 2020. Un periodo de 11 años en el cual el tema de la búsqueda de personas desaparecidas en México ha transitado por cambios en las prácticas, en la visibilización de los casos y en la disposición de protocolos específicos para la búsqueda de personas desaparecidas en escenarios de vida y en escenarios forenses, consistiendo estos últimos en la búsqueda de indicios, restos humanos y/o biológicos de personas que han sido desaparecidas.

De acuerdo al Apartado 4.7 del Protocolo Homologado de Búsqueda las búsquedas forenses se realizan en sitios donde ilegalmente han sido depositados, ocultados o transportados restos humanos no arqueológicos y/u otros indicios asociados a cuerpos o restos que sean susceptibles de procesamiento forense es denominado […]. Ejemplos de contextos de hallazgo son fosas clandestinas, pozos artesianos, cavernas, tiros de minas, cuerpos de agua, basureros, inmuebles habitacionales, sistemas de drenaje, superficie, etc.

Antes de describir la ruta para el hallazgo sin vida de las mujeres que se abordan en los casos, se hace necesario describir las rutas de desaparición.

En los seis casos abordados, cada familia buscó por sus propios medios la información necesaria para determinar hacia dónde pudieron haber sido llevadas las mujeres desaparecidas. Invariablemente, los casos están atravesados por demoras innecesarias e injustificadas en los primeros momentos de desaparición. Desde la negación de las autoridades para hacer las diligencias correspondientes, la espera de 72 horas, desde los rastreos en campo, por los lugares donde se supo cuál fue el último lugar de avistamiento de las víctimas, desde el registro de las actividades, horarios, rutas, autoridades, llamadas, etc. Las familias se encontraron con información que, en la mayoría de los casos, fue omitida por las autoridades, principalmente las investigadoras de los delitos, puesto que, como se ha mencionado antes, los casos se dieron en un momento donde las funciones de búsqueda recaían exclusivamente en procuradurías o fiscalías.

La Ley General en materia de Desaparición plantea que las comisiones de búsqueda serán las encargadas de recabar la información para detonar y coordinar la búsqueda inmediata, sin embargo, solo en uno de los casos presentados se tuvo la intervención de una Comisión Estatal de Búsqueda (Bianet Ronzón 2019). En el resto de los casos los actos de investigación ligados a las diligencias realizadas para la búsqueda y recuperación de restos fueron realizadas por las fiscalías locales, enfrentándose a la problemática que las familias viven de manera cotidiana con las Fiscalías como lo son la rotación del personal que brinda atención a las víctimas indirectas, los hallazgos se realizan en contextos donde no se asegura y/o individualiza de manera adecuada los restos humanos localizados o se hace de manera incompleta por lo que es necesario volver a los lugares de hallazgo para poder recuperar indicios biológicos o elementos asociados al cadáver o restos humanos. Esto último complejiza la posibilidad de darle identidad a los restos ya que en muchas ocasiones la asociación anatómica de los restos no permite que el procedimiento de identificación así como de la determinación de la o las causas de muerte se vea truncado por la falta de un análisis multidisciplinario exhaustivo de los restos humanos cuando estos han sido sometidos a procesos de despersonalización.

Tratándose de casos no solo de desaparición sino también de feminicidio, la exhaustividad de las pruebas periciales puede significar no solo dar identidad a una mujer, sino encontrar indicios que refieran datos sobre posibles perpetradores o agresores. Y si además de la desaparición, la víctima lo fue también de delitos distintos, como violencia sexual, que tuvieron como consecuencia última el feminicidio

En el caso de Fátima fueron sus propios familiares quienes la localizaron, no hubo la oportunidad de presentar denuncia. La búsqueda forense no fue realizada por las autoridades, sino que fue asumida por la familia y significó el hallazgo de sus restos.

En casos como el de Bianet Ronzón Tejeda en Veracruz, la complicación no se centró en la búsqueda y el hallazgo sino en el procesamiento de sus restos para determinar las causas de muerte y es que, si bien los métodos de identificación quedaron claros para darle identidad a los restos localizados, la determinación de una causa de muerte presumiblemente iniciada como una investigación de feminicidio, no tuvo la claridad en la asociación de restos recuperados en dos fechas distintas y tampoco la minuciosidad en la aplicación de la perspectiva de género para poder determinar un feminicidio aún cuando médicamente no se pudieran establecer las causas de muerte.

En tres de los casos abordados en la presente investigación los hallazgos fueron circunstanciales y no obedecieron al agotamiento de acciones de búsqueda o de actos de investigación.

Problemas de articulación y coordinación: 

La falta de comunicación y de cooperación entre entidades federativas hace que los casos de feminicidio precedidos por desaparición se vean considerablemente retrasados, afectados y que se pierdan pruebas e indicios importantes al momento en que hay una disputa sobre qué entidad federativa lleva el caso o no. Entre otras cosas, hay que considerar además que la desaparición forzada es un delito multifactorial y que no es estático, ya que en muchas ocasiones las víctimas de este delito suelen ser movidas a diferentes sitios. 

La desaparición en muchas ocasiones se encuentra relacionado a otros delitos como lo son los feminicidios y la trata de personas, lo que hace imperativa una buena comunicación y coordinación con las diferentes entidades del país así como de instancias de investigación que permitan una pronta y eficiente acción. 

Lamentablemente, la inacción  y negligencia de las autoridades lleva a que en primer lugar, las mujeres no sean buscadas de forma inmediata, lo que va en contra de la Ley general en materia de desaparición forzada. La falta de coordinación entre las autoridades locales, así como entre autoridades de otras entidades provoca que los casos no avancen, que las mujeres no sean localizadas de forma pronta y que pruebas vitales se pierdan con el paso de los días. Además, no se examinan todas las líneas de investigación y no se aplica la perspectiva de género. Se ha notado que las autoridades no inspeccionan correctamente los lugares en donde se sospecha que han sucedido los hechos ni los lugares en donde estaba la víctima como lo son el hogar, tampoco recolectan los testimonios que podrían ayudar con la investigación y pierden pruebas muestras u objetos que podrían ayudar en la investigación. 

Aunado a lo anterior, la falta de una sistematización homologada de la información entre los estados hace imposible que al momento de las investigaciones, las entidades puedan cruzar información entre ellas. Las bases de datos de las autoridades en los diferentes estados no clasifica la información con la misma lógica. Esto hace que el cruce de información sea imposible, ya que los diversos sistemas usan por ejemplo para sexo una M, la palabra mujer o una F, esto provoca que los sistemas no reconozcan información. Lo anterior sólo contribuye a que las investigaciones se retrasen en los casos como los de Diana y Natali. En ambos, ellas vivían y fueron vistas por última vez en una entidad, Puebla y CDMX respectivamente, pero sus cuerpos fueron hallados en Guerrero y Puebla. Debido a la inacción de las autoridades, fueron las familias quienes impulsaron las búsquedas y son quienes impulsan las investigaciones. 

Las familias son las que investigan de forma activa, cubriendo deficiencias de las autoridades, asumiendo el liderazgo de las investigaciones, también son ellas quienes a pesar de llegar a tener dificultades económicas, invierten sus propios recursos en la búsqueda de sus hijas. En los casos en los que hay más de una entidad federativa involucrada ¿Quién se hace responsable, no sólo de la investigación del caso, sino de brindar ayudas a las familias? La responsabilidad se pasa en la mayoría de los casos de una entidad a otra, sin tener claridad sobre quién es responsable. Cabe mencionar que los casos en los que la familia vive en un estado diferente al que ocurrieron los hechos, este último no cubre sus gastos de traslado, y son los familiares quienes deben cubrirlos. 

Evidentemente, la falta de comunicación y coordinación entre entidades federativas no sólo afecta las búsquedas, sino toda la investigación incluyendo la del feminicidio. 

Cuando la investigación de algún caso se ha manejado en su mayor parte por dos Fiscalías en distintos estados de la república, esta se encuentra dividida, lo que ocasiona poca efectividad en cuanto a los resultados del conocimiento de los hechos. Existe información diversa en las diferentes fiscalías involucradas que no se analizan en su conjunto, además de que no existe un plan metodológico que incluya la información que tienen ambas autoridades. Se debe proponer una acumulación –si es posible-- de tal forma que la investigación se lleve solamente por una fiscalía, incorporando todos los elementos que se han obtenido en la investigación realizada por otra u otras entidades federativas. 

En el caso particular en el que Puebla es una de las entidades relacionadas en algún caso, existe una reiterada afirmación por parte de los padres y de asesores jurídicos que la entidad no coopera en las investigaciones, no realiza diligencias ni muestra avances en los casos. Además, violenta, revictimiza, ignora e incluso criminaliza a las familias y a las víctimas. Una vez que las instancias locales han sido agotadas o estas no son competentes para poder seguir con el caso, es cuando la instancia federal entra en acción. 

Las familias han afirmado que los mayores avances en sus casos han sucedido una vez que reciben el acompañamiento por parte de alguna organización o colectivo. Es hasta este momento que se logra una comunicación interinstitucional y se tienen los mayores avances. Se atienden las necesidades del caso y hay una adecuada asesoría técnica, las familias son informadas de la situación y de cómo se puede proceder de la mejor forma. El conocimiento y el acompañamiento que reciben las familias les da poder para defenderse de las autoridades y exigir sus derechos y los de sus hijas. Varias madres afirman que si no estás ahí insistiendo, se avientan la pelota entre fiscalías y comisiones.  La insistencia de las familias y sus acompañantes es lo que da respuestas, y lamentablemente el Estado no hace su trabajo sin esta insistencia y reclamo por justicia. 

Estereotipos y malas prácticas de las autoridades:

Los impactos psicosociales derivados de la desaparición de un familiar son múltiples y continuados en el tiempo hasta que las víctimas obtienen verdad, justicia, reparación y medidas de no repetición. Las afectaciones a los derechos humanos, políticos, económicos, sociales y culturales usualmente son tan graves y urgentes que se invisibilizan algunas otras situaciones de maltrato y revictimización que enfrentan las familias en su paso por las instituciones del Estado.

Las principales violaciones a los derechos de las víctimas en que incurren las autoridades son:

1. Falta de interés y voluntad política para encontrar a las mujeres, niñas y adolescentes desaparecidas con o sin vida, y posteriormente, el desinterés en hacer levantamientos adecuados y diligentes de sus restos, entregando a las familias cuerpos incompletos, a veces sin notificarles, incluso después del velorio y entierro de sus víctimas;

2. Falta de acceso a la verdad al no realizar las investigaciones necesarias para esclarecer lo sucedido;

3. Impunidad y falta de sanción a los responsables de la desaparición y feminicidio;

4. La desprotección y vulnerabilidad en la que se deja a las familias que enfrentan riesgos y amenazas por exigir justicia para sus hijas, obligando de esta forma a procesos de desplazamiento interno forzado, generando nuevas afectaciones y violaciones de derechos, acentuando las condiciones de desigualdad y empobrecimiento en el que se encontraban algunas de las familias desde antes de los hechos delictivos, además de privarlas de las redes de apoyo y de la conexión con la comunidad que podrían haberlas fortalecido de permanecer en el lugar de origen.

Estas cuatro violaciones principales generan nuevas violaciones y afectaciones, a continuación, se describen algunas de las frases y situaciones presentes en los casos de la investigación y también frecuentes en los casos de mujeres, niñas y adolescentes desaparecidas y víctimas de feminicidio en el país.

Uso de estereotipos en la comunicación con familiares.

Mediante el enfoque de género se puede analizar que las frases y estereotipos que utilizan las autoridades para comunicarse con las familias depende del género de la víctima. Mientras a los hombres se les criminaliza por usar botas y sombrero de vaquero o por pertenecer a un barrio de alta incidencia delictiva, a las mujeres se les acusa de estar con el novio o de estar engañando al esposo, sin importar la edad de las víctimas.

Cuando la madre de Ayelin pidió ayuda para la localización inmediata de su hija de trece años las autoridades le dijeron que seguramente se había ido con el novio. A la madre de Brenda Damaris le pidieron esperar 72 horas porque seguramente se encontraba con un hombre. Utilizando estos argumentos sin fundamento, los agentes de la fiscalía y demás autoridades, clasificaban los casos como ausencias voluntarias y no como desapariciones, ahora el término que se utiliza es persona no localizada.

Estos estereotipos de género también son utilizados para asignar roles a las mujeres que presentan denuncias por desaparición. A las esposas o parejas se les acusa de haber hecho algo para que sus esposos se fueran, y a las madres se les responsabiliza por no haber cuidado a sus hijos e hijas, las preguntas y sermones que reciben en las primeras horas las impacta emocional y psicológicamente, moldeando la culpa que cargan sobre sus cuerpos las mujeres que exigen verdad y justicia: ¿por qué dejó que su hija fuera a esa fiesta?, ¿por qué le permite vestirse de esa forma?, ¿por qué la dejó estudiar en otra ciudad?

A Lorena, madre de Fátima, se le responsabilizó de la desaparición, tortura y feminicidio de su hija de doce años por no haber ido a recoger a su hija a la escuela ese día en particular. Ese 5 de febrero, Lorena decidió quedarse en casa para preparar a su hija su sopa favorita.

Criminalización de las víctimas.

En algunas ocasiones, las autoridades responsabilizan a las víctimas de su desaparición y feminicidio al establecer hipótesis o presentar evidencias que las vinculan con grupos delictivos como robo de autopartes, venta ilegal de hidrocarburos, narcomenudeo, etc.

A veces, estas declaraciones provienen incluso del poder ejecutivo del país o de los estados, como cuando el gobernador Miguel Barbosa, dijo lo siguiente:

“Yo ya di mi opinión en varias ocasiones y he sido objeto de críticas, pero lo voy a seguir diciendo (...) Hay gente que encabeza, de manera razonable, la búsqueda de sus familiares, y digo razonable porque tienen razón de pedir que se encuentre a las personas desaparecidas, pero saben ellos la razón por la cual desaparecieron… en qué estuvieron involucrados y nosotros lo sabemos también.”

De esta forma, las autoridades en aparente desconocimiento de la Ley General en materia de desaparición, ignoran que aun si las víctimas estuvieran realmente involucradas en alguna actividad delictiva, es su obligación buscarlas respetando todos los principios y protocolos, y garantizarles el acceso a la justicia como se haría con cualquier persona.

Trato indigno.

Aludiendo a la dignidad intrínseca de la persona humana, que la vuelve garante de derechos, las familias identifican cuándo se está lastimando esta dignidad que debe ser cuidada y garantizada por el Estado. Dentro de los casos de la investigación se identifica como indigno cuando a la madre de Brenda Damaris le fueron entregados los restos de su hija, mezclados con los de su pareja, dentro de una bolsa negra de basura y solicitando, que incinerara los restos de forma inmediata; o cuando Flora, la madre de Ayelin, revisando la carpeta de investigación por primera vez después de un año porque le habían negado su derecho a tener la copia del expediente , descubrió que las autoridades no habían buscado todos los restos de su hija, por lo que el cuerpo había sido enterrado incompleto y cuando solicitó una explicación las autoridades le contestaron:

“Señora, ya se le encontró el cuerpo, ya se le dio, ya hasta se sepultó, ya hay 4 personas detenidas ¿qué más quiere?”

Círculo de violencia y falta de garantías: 

Los problemas, las dificultades enfrentadas por las familias a lo largo del proceso de exigencia de justicia (búsqueda, investigación, trabajo forense); así como, las malas prácticas por los agentes del Estado destacadas en las partes precedentes traen consecuencias sobre las familias que no se pueden ocultar.  En efecto, es necesario señalar que la violencia sigue imponiéndose a las familias a lo largo de su búsqueda de justicia y se perpetúa. Primero, existe una violencia proveniente del Estado, en cuanto a su disposición, su actuar,  frente a las demandas de las familias: “se ve reflejada en la omisión de su corresponsabilidad con la sociedad civil, de la misma forma, dichas omisiones a su vez representan dispositivos simbólicos que tienen como función la perpetuación de la dominación, no se trata de actos arbitrarios, por el contrario, nos enfrentamos a formas sofisticadas de dominación en poblaciones vulnerables y que son producto de un sistema económico neoliberal.”  En su seno, se ven afectados los derechos de las familias, por no ser escuchados y tomados en serio, además de revictimizarlos, por querer enseñarles de qué manera tendrían que actuar para que se haga justicia. 

Además de este tipo de violencia estatal, las víctimas viven otras situaciones de violencias como la económica y social. En efecto, al empezar el proceso de búsqueda, pierden sus trabajos y con esto sus fuentes de ingresos.  Su estabilidad económica: “Me quitan el trabajo por las faltas, los permisos, para estar en búsqueda de ella.” “Mi hija, mi marido y yo nos quedamos sin trabajo”. Se genera una marginalización social y una precarización de las víctimas. También a nivel social emprender este proceso tiene un efecto sobre  sus redes sociales y comunitarias de apoyo (amigos, vecinos, otros). La mamá de Ayelin cuenta: “yo perdí todo, todo todo, mi hija, mi casa, mi trabajo, mi negocio, la estabilidad de mis hijas, amigos hasta la misma familia, te deja de hablar por lo mismo por miedo, es tan difícil todo esto.” Resulta inevitable que esta situación precarice los vínculos hacia la comunidad y hasta los más cercanos. El Estado no crea suministros económicos, ni aporta garantías para las familias, lo que violenta sus derechos básicos y precariza aún más a las familias.  

También las familias se enfrentan a una violencia simbólica por el lenguaje institucional y la complejidad de las leyes. “El lenguaje legal complejiza el proceso; el acceso a la justicia se vuelve casi imposible para alguien que no posee el conocimiento legal o que no se relaciona con el personal que lo conoce. La justicia no se aplica tal como se encuentra escrita en los códigos penales, sino que está atravesada por un complejo sistema de sujetos y contextos, de relaciones de poder y de clase social”. El capital social y el capital económico también están relacionados con el alcance de la justicia y la falta de capital cultural. Sin embargo, las familias pronto aprenden los mecanismos jurídicos. “Aprendiendo en el andar porque son autoridades nefastas, que no te dicen tienes que hacer esta documentación o hacer esto. Tienes que aprender” explica la mamá de Natali.

También, es importante señalar la manera en qué el hecho de no beneficiarse de contactos dentro de las instituciones (funcionarios públicos) hace el proceso más largo. En efecto, el capital sociales también discriminatorio. El capital social comprende todos los recursos sociales en los cuales se puede apoyar una persona, un grupo social. Es una herramienta importante para las familias tanto de visibilización como para el avance de sus casos. Los que no se benefician de contactos directos dentro de instituciones han podido contar con el apoyo de organizaciones de la sociedad civil por carencias de apoyo institucional, así como de colectivos de víctimas o organismos internacionales como la ONU para hacer presión. “Fue con el acompañamiento de la ONU que apareció el fiscal”,  “en 3 años fue la segunda vez que lo veíamos” cuenta la mamá de Natali.  

Finalmente, la exposición de estos elementos nos hace hablar de un “círculo de violencia” o incluso de un continuum de violencias, es decir muchas formas de violencia que se van acumulando y  se sigue ejerciendo sobre las familias después del feminicidio de su hija. Desde ahí es menester poner de relieve el papel que debería desempeñar el Estado, en cuanto pensar no únicamente en la reparación y la justicia frente a los feminicidios sino en un plan integral que abarque todos los tipos de necesidades para los familiares, que les permita llevar una vida libre de violencia. En otras palabras, es pensar en un plan de políticas públicas para una vida libre de violencias. 

Barreras de acceso a la justicia: 

En México se denuncia poco, se investiga menos y casi nada se sanciona. Según el Índice Global de Impunidad de 2020, México es el cuarto país con el nivel más alto de impunidad de las Américas, siendo el décimo país con más impunidad en el mundo. En promedio, 91% de los delitos cometidos en México quedan en la impunidad. 

Dadas las altas cifras de criminalidad, en México deberían existir instituciones confiables que reciban denuncias, investiguen y sancionen a las personas responsables de cometer delitos, pero esto no sucede así: la falta de cultura de denuncia, la ineficacia de las autoridades para investigar y los altos niveles de impunidad son tres elementos de un círculo vicioso que no se ha podido frenar.

Si se analiza el fenómeno de impunidad para casos de feminicidio o desaparición de mujeres, niñas y adolescentes, la situación no mejora, de acuerdo con la organización Impunidad Cero, en su cuarto informe “Impunidad en Homicidio Doloso y Feminicidio”, reportaron que la impunidad en homicidio doloso para 2019 era de 89.6%, la más alta registrada hasta ese momento a nivel nacional, y la  impunidad en feminicidio para 2019 era de 51.4%; sin embargo, varios estados no respondieron el número de sentencias condenatorias para este delito. Entre los estados de esta investigación con los mayores índices de impunidad se encontraban: Guerrero y Jalisco.

Quienes, lamentablemente, conocen esta situación de primera mano son las madres, esposas, hermanas e hijas que asumen la búsqueda de sus familiares desaparecidos o las exigencias de verdad y justicia en casos de feminicidio. A continuación, se presentan las principales barreras a las que se enfrentan en el acceso a la justicia.

Barreras institucionales

• De confianza

En algunos estados del país es común escuchar a los familiares de personas desaparecidas narrar cómo fueron amenazados vía telefónica en cuanto salieron de la fiscalía, tras haber puesto la denuncia correspondiente, especulando la posibilidad de que algunas autoridades informaran a los perpetradores de la desaparición sobre las acciones de las familias. También es frecuente que las autoridades extravíen información vital necesaria para la búsqueda o para la sanción de los responsables. Estos acontecimientos que se repiten en las historias alimentan la desconfianza de la sociedad en las autoridades, por su falta de diligencia, por la posible colusión con grupos del crimen organizado y también por el trato que dan a las víctimas, generando distancias entre la población y las y los servidores públicos. 

• De información

Las mujeres con familiares víctimas de desaparición o feminicidio suelen convertirse en expertas en muchos temas, especialmente en leyes y protocolos, pero esto no ocurre desde un inicio y es ese desconocimiento respecto a la actuación de las autoridades lo que les impide exigir búsquedas inmediatas, aplicación del protocolo alba, geolocalización y sábanas de llamadas, el correcto levantamiento de los restos, etc. Por esto cada vez más, quiénes acaban de enfrentarse a los delitos, recurren desde el primer momento a los colectivos de familiares de víctimas para recibir asesorías, asistir acompañadas a las fiscalías y de esta manera impedir que, por el desconocimiento, sus derechos y los de sus familiares sean violados.

• De eficacia y eficiencia:

Siendo la diferencia entre uno y otro la optimización de recursos en la concreción de un objetivo, en la mayoría de los casos, el desempeño de las autoridades no es ni eficaz ni eficiente, los objetivos de búsqueda, investigación e impartición de justicia no son alcanzados.

• De formalismo y burocracia

Entre las mujeres que exigen justicia se escucha la frase: “los procesos están hechos para cansarnos porque esperan que nos rindamos”, en alusión a los procedimientos burocráticos que deben realizar cada vez que asisten a alguna institución, ya sea la fiscalía, la comisión de búsqueda, la comisión de atención a víctimas o la de derechos humanos. 

Entre la duración de los trámites y la cantidad de requisitos y documentos que se les requiere a las víctimas, se espera que muchas desistan de su necesidad de obtener verdad y justicia, por lo que la obtención de sus derechos se convierte en “la recompensa” por su perseverancia, tras haber sacrificado tiempo, recursos y salud.

Barreras sociales, culturales y económicas:

• Económicas

Probablemente la principal barrera a la que se enfrentan las familias es a la falta de recursos económicos, porque la búsqueda de justicia en México es un camino caro;  muchas veces hay que pagar asesorías legales, transporte, comidas, copias, etc. Algunas personas observan las diferencias en el trato que reciben y las posibilidades que obtienen quienes pertenecen a los estratos más altos de la sociedad, cuyos familiares son localizados en cuestión de horas o días y quienes tienen procesos de justicia más rápidos. Esta profunda desigualdad económica que puede ser analizada en cualquier otro ámbito de la vida, también está presente en el acceso a la justicia, como una herida abierta.

• Geográficas y físicas

Relacionada con las barreras económicas. Algunas personas tienen que desplazarse grandes distancias para acudir a la fiscalía en la que se encuentra la investigación, lo que implica importantes gastos de tiempo y recursos, como es el caso de la familia de Diana Celina, quienes deben viajar más de 6 horas desde Veracruz a Puebla. Además, en algunos casos estas circunstancias de vulnerabilidad se acrecientan cuando las familias están desplazadas y deben viajar largos trayectos y poner en riesgo su integridad y su vida para presionar a las y los funcionarios públicos.

• Lingüísticas y culturales

Existen múltiples casos en los que las personas que no hablan español y que pertenecen a comunidades rurales o son parte de los pueblos originarios, se enfrentan a mayores barreras al ser discriminados, al negarles el acceso a la justicia violando derechos como tener un traductor. Lamentablemente podemos afirmar que en muchos casos el sistema de justicia en México es racista, clasista y capacitista.

• De género

Algunas mujeres relatan cómo no les recibieron la denuncia que deseaban presentar hasta que las acompañó un hombre de su familia, de alguna organización social o un abogado, o cómo cambia el trato de las autoridades cuando van acompañadas de un varón, recibiendo información más detallada sobre sus casos, siendo menos revictimizadas e incluso siendo tratadas de mejor forma, condiciones que acrecientan la noción que el acceso a la justicia es aún más difícil si eres mujer o tienes un cuerpo femenino.

Lucha por la justicia: 

A lo largo de este informe nos concentramos mucho en evaluar lo que ocurre desde las instituciones del Estado mexicano y las prácticas de sus funcionarios. Sin embargo, es importante también colocar al centro, el papel de los familiares, como actores, en la lucha por la justicia, por la transformación social.

“Buscando una justicia, que llegue pronto porque estamos cansados de autoridades omisas, revictimizantes, que cada vez que te paras frente a la fiscalía es para volver a repetir.” Testimonio de la mamá de Natali. 

Como resultado de las propias fallas del Estado en impartir justicia es que nace y se organiza la lucha de los familiares. Ellos se constituyen cómo víctimas frente al Estado para exigir justicia. 

Son familiares que se levantan y se paran a pedir justicia, para hacer que avance la búsqueda del cuerpo, la búsqueda de evidencias sobre el posible culpable. Muchas veces empiezan solos, con poner volantes, con hablar con su entorno cercano, e ir al lugar donde se vió su hija por última vez “Debido a la respuesta dada por la Procuraduría, la familia inició la búsqueda por sus propios medios: salieron a buscarla a la calle y a los hospitales”. También durante el proceso parecen estar solos, las familias muchas veces aportan pruebas investigando los casos y se exponen. Varias familias explican que aunque tengan el cuerpo de su hija, van a seguir buscando castigo para los culpables, no solo por su hija sino por todas. “Esto también podría explicar por qué los familiares, después de alcanzar lo que puede considerarse justicia, se mantienen en la lucha social para apoyar a otras personas”.

Las familias tienen una conciencia muy precisa de esta violencia sistémica  que se ejerce hacia las mujeres y por lo mismo se organizan. Los colectivos de familiares que piden justicia crean un discurso común. Su visibilidad es muy importante frente a un Estado que busca callarlos, así, al retomar esferas del espacio público, sea por las redes sociales, sea por comunicar en los medios, o protestando frente a instituciones como la Fiscalía recobran la voz. Esta reapropiación de la palabra, alzando la voz frente al Estado que los invisibiliza, que revictimiza a las víctimas, es muy potente simbólicamente. También ejercen una forma de control y de exigencia al poder político. Es así, en colectivo, haciendo peso, que han tenido  un impacto imprescindible sobre la justicia, y la transformación de esta. 

Amenazas a familiares:

A pesar de que la ley contempla medidas de protección y prevención para salvaguardar la integridad y la vida de las mujeres, el número de feminicidios diarios ha aumentado a lo largo de los años de forma considerable. En 2016 se contabilizaban poco más de 5 mujeres asesinadas al día; en 2018 eran más de 7; en el 2021 se contabilizaban 10.5 por día; en lo que va del 2022, son asesinadas en promedio 11.5 mujeres por día. Lo anterior demuestra que a pesar de los mecanismos establecidos, las herramientas y preceptos legales tanto federales como estatales están fallando. 

En el 2019, el presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González, dio a conocer un informe en el que afirmaba que los altos índices de violencia contra las mujeres indicaban un “fracaso de las estrategias públicas para proveer seguridad a las mujeres”. Las medidas de seguridad siguen fallando aún después de que las mujeres son asesinadas y son sus familias quienes comienzan a ser amenazadas debido a sus investigaciones y exigencias de justicia. Son ellas quienes debido a las circunstancias se ven obligadas a convertirse en activistas, gritar y exigir justicia por sus hijas que les fueron arrebatadas. 

Varias familias afirman que para que les sean proporcionadas medidas de seguridad, las autoridades les piden que demuestren de formas innecesarias que viven una amenaza. Esto incluso en casos en los que las familias ya han sido víctimas de confrontaciones con quienes perpetúan las amenazas y representan un peligro inminente para familias completas. Además, las autoridades no llevan a cabo un análisis de riesgo que pueda ayudar a entender cuáles son los peligros y por consiguiente cuáles serían las mejores medidas de protección. Es imperativo llevar a cabo un análisis de riesgo diferenciado, ya que cada caso tiene necesidades, factores y actores diversos. Las medidas de seguridad deben estar pensadas y diseñadas para cada caso en particular. Un análisis de riesgo sólo es posible si la familia tiene una asesoría jurídica privada, que sea quien lo haga, ya que las entidades federativas no tienen una institución específica que se encargue de este trabajo. Rondines y cámaras de seguridad han demostrado no ser suficientes, cosa que sabrían las autoridades si se realizara un análisis de riesgo para cada caso. 

Además del miedo, de la revictimización y el alto índice de impunidad, existen amenazas (telefónicas, en redes sociales, directas, etc.), seguimiento, vigilancia e incluso violencia por parte de más miembros de la comunidad hacia las víctimas de violencia feminicida. 

Conocer el número de los casos de violencia feminicida en los que las familias han sido desplazadas es difícil ya que no hay cifras oficiales. Lo que sí podemos afirmar  es que en los Estados de México, Guerrero, Nuevo León, Puebla y Veracruz, las familias que viven este delito, se ven obligadas a dejar sus comunidades debido a represalias, amenazas e incluso incidentes y negligencias debido a las cuales algún otro miembro de la familia ha sido gravemente herido o incluso ha perdido la vida. La ley General contempla el desplazamiento como una medida de seguridad, pero no se hace de forma responsable, ya que ni la entidad que desplaza ni la receptora apoyan a las familias.

Al día de hoy, el gobierno mexicano sigue sin reconocer el desplazamiento forzado como una violación a los derechos humanos en la legislación o política pública, por lo que no existen mecanismos ni procedimientos para prevenirlo ni para atender o reparar el daño a las víctimas. Se mantiene a las víctimas en una constante vulnerabilidad y llena de carencias, en donde sus vidas peligran de diferentes formas al no tener asegurado el alimento ni la atención médica. De igual forma, el estado suele llevar a las familias a lugares aislados en donde ni siquiera pueden tener señal de teléfono, a casas en mal estado, sin un plan de seguimiento ni de ayuda para encontrar trabajo o inscribir a los niños, niñas y adolescentes a las escuelas.    

A pesar de que muchas mujeres son desplazadas, la justicia mexicana obliga a las víctimas a regresar al lugar en donde se cometió la agresión para así poder dar seguimiento al proceso y que el caso no quede en la impunidad. Es el mismo sistema el que pone en riesgo constante a las familias. 

En los casos que se logra una sentencia condenatoria a los feminicidas, las amenazas en contra de las familias de las víctimas aumentan y deben permanecer desplazadas por motivos de seguridad. Regresar a sus comunidades no es opción ya que sus vidas continúan siendo amenazadas, por lo que a pesar de haber conseguido justicia para sus hijas, las familias siguen viviendo en riesgo, fuera de sus comunidades y en condiciones sumamente complicadas. De los casos analizados, las familias de Fátima, de Diana, de Natali, de Bianet y de Ayelin han sufrido amenazas, y en todos se ven medidas similares a pesar de que son familias con necesidades diferentes. 

El acompañamiento de la sociedad civil.

Es importante destacar la importancia y la centralidad del papel de la Sociedad Civil como actor esencial para vigilar, visibilizar y evaluar las acciones realizadas por las instituciones públicas frente a la violencia de género, más específicamente de los feminicidios. Su involucramiento al lado de las familias para que avance el proceso tanto de  investigación, como de búsqueda es indispensable. En efecto, sin su actuar muchos casos no hubieran tenido ciertos avances ni culpables. Además, la Sociedad Civil es considerada como un gran agente político, que funciona como un grupo de presión movilizándose para lograr cambios en la ley, en los marcos legales tal como la inscripción y el reconocimiento de delitos (tipificación del Feminicidio, creación de las  Alertas de Género). 

Gracias a su conocimiento legal y especializado las organizaciones han podido acompañar muchos casos de violencia feminicida,  “Uno de los grandes logros de los nuevos organismos de la sociedad civil es la incorporación del trabajo legal sistemático y especializado a favor de las víctimas de violencia”. Ciertas organizaciones tal como el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio “conformado por más de 40 organizaciones de 22 estados del país, documenta de manera precisa y ordenada los asesinatos de mujeres por razones de género ocurridos en México, así como el desempeño de las autoridades en la investigación de los casos”. La independencia del observatorio frente al Estado ha permitido asegurar un seguimiento real a la situación de violencia de género vivida en todos los estados de la República. 

Existe una diversidad de organizaciones de la Sociedad Civil, unas se han concentrado en la prevención de la violencia de género, con el objetivo de trabajar hacia la erradicación de la Violencia de Género, otras están enfocadas en el acompañamiento directo de familiares en casos de feminicidios.  Todas ellas son agentes importantes para el acceso a la justicia.