Texto: Cristina Lozano
En el mes de mayo del 2023, se promovió un amparo por la omisión del Congreso de crear el Consejo Estatal Ciudadano de Búsqueda para el Estado de Oaxaca.
Qué desafortunada la sentencia.
El Poder Judicial en general está en una crisis humanitaria terrible.
Colectivo Luna del Sur
Después de cinco meses, el Juez Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca determinó en su sentencia que las y los integrantes de los colectivos Oaxaqueños Unidos Exigiendo Justicia, Sabuesos Guerreras Oaxaca, Oaxaqueños Buscando a Los Nuestros A.C. y el Movimiento Busco al Mío, Buscando a Todos A.C. no cuentan con interés legítimo para promover el juicio de amparo.
En su sentencia el Juez menciona “en el caso a estudio, las pruebas que obran en autos, son insuficientes para tener por acreditado que les asiste a los quejosos el carácter de víctimas indirectas, y con ello recientan un perjuicio real, personal, directo y actual.”
Lo que, denota un interés simple respecto a la omisión de crear el Consejo; esto es, su interés se identifica más con el que tiene cualquier persona de que la creación del órgano del Estado se ajuste al marco constitucional y legal.
Desde que decide no entrar al análisis de la solicitud…es obvio que es un juzgador insensible ante una problemática social que a todas luces es de conocimiento de todos de una u otra forma…determina que no tenemos interés legítimo…obviando que desconoce la ley de desaparición de personas del Estado de Oax., pues la legitimidad la da al mencionar y establecer que deben integrar el Consejo Estatal Ciudadano representantes de los familiares de personas desaparecidas…da tristeza y coraje con jueces como estos…pues nos deja de manifiesto en manos de quienes estamos en la aplicación de la justicia….lo que dicen es de hacerse promover la inconformidad…pueden compartirnos la sentencia…para darle una leída…
Movimiento Buscando a todos Oaxaca
Los argumentos anteriores además de poner en duda la personalidad jurídica con las que cuentan las y los familiares de personas desaparecidas, constituye un acto de violencia institucional que se suma a todos los demás vividos en este camino tortuoso en búsqueda de justicia.
El Juez decidió ignorar la obligación que tienen todas y cada una de las autoridades de eliminar los obstáculos existentes dentro del sistema a fin de que los familiares de personas desaparecidas puedan alcanzar la verdad, justicia y reparación, lo que implica evitar cualquier acto de victimización secundaria; entendida esta como el incremento del daño sufrido por las víctimas como consecuencia de su contacto con el sistema de justicia.
De acuerdo a lo anterior, los colectivos oaxaqueños decidieron inconformarse y presentaron un recurso de revisión en contra de la sentencia, siendo turnada al Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito en turno para que conozca, analice y resuelva con base en los argumentos expuestos si las y los familiares cuentan con interés legítimo para promover el amparo en cuestión.
A la fecha, las autoridades responsables para la creación del Consejo Ciudadano continúan incumpliendo con lo estipulado en la Ley en materia de Desaparición de personas para el Estado de Oaxaca y de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Esperamos que la resolución del Tribunal Colegiado garantice los derechos de las víctimas y el Congreso del Estado cumpla con la integración del Consejo Estatal Ciudadano de Búsqueda de Personas Desaparecidas para el estado de Oaxaca.