¿Cuál es la cifra oficial de personas desaparecidas?

Secretaria de Gobernación Luisa Alcalde
Secretaria de Gobernación Luisa Alcalde. Imagen tomada de la Transmisión de la Mañanera
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Escrito por: Edgar Cortez

En la conferencia mañanera de ayer, la Secretaria de Gobernación Luisa Alcalde, presentó un nuevo corte del censo de personas desaparecidas. Revisemos algunos aspectos de esa información.

Lo primero es que los funcionarios ya no hablan del censo sino de la “Estrategia de búsqueda generalizada”, lo que llama la atención por lo siguiente.

En el Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No localizadas se define a la búsqueda generalizada como el: despliegue de acciones tendientes a la recopilación, generación y concentración de información homogénea sobre escenarios de búsqueda, y su cotejo masivo y rutinario con el RNPDNO… (Párrafo 342).

Por tanto la búsqueda masiva es una de las formas de búsqueda que debe estar referida al Registro Nacional de Personas Desaparecidas y no localizadas (RNPDNO), sin embargo los resultados obtenidos no se ven reflejados en dicho registro.

En la conferencia se dio la cifra de 99,729 personas desaparecida al 15 de marzo de 2024, pero el sitio web del RNPDNO en la misma fecha, la cifra de personas desaparecidas que ofreció era de 114, 815. Por tanto al día de hoy existen dos registros de personas desaparecidas, así como dos cifras de personas desaparecidas y ambas son oficiales.

La cifra de 99,729 se obtiene, según Segob, de restar a las 114,815, la cantidad de 15,158, que según la autoridad son personas que ya fueron localizadas, pero aún están un proceso de formalización, es decir se tiene que hacer toda una serie de trámites para validar dicha información.

Imagen: adondevanlosdesaparecidos.org

Una investigación de Quinto Elemento Lab y A dónde van los desaparecidos  permitió descubrir que 30 personas que continúan desaparecidas figuran en la lista de localizados del cuestionado censo de AMLO.

Ver artículo completo en adondevanlosdesaparecidos.org

El problema con las personas que la autoridad asegura ya fueron localizadas, es que no se dispone de evidencia que permita verificar esta afirmación; mientras que existen trabajos periodísticos que dan cuenta de casos donde la autoridad asevera que la persona ha sido localizada, mientras que las familias afirman lo contrario.

En el Protocolo Homologado de Búsqueda se mencionan a numerosas autoridades que tienen responsabilidad en la búsqueda de personas pero en ningún momento se refiere a la Secretaria del Bienestar, ni a los “servidores de la nación” quienes han sido pieza clave en esta búsqueda y tal vez sea una de las dificultades para realizar la “formalización” de las localizaciones reportadas.

Por otro lado la Ley general en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y del Sistema nacional de búsqueda (Ley general) establece que el Registro nacional es una herramienta de búsqueda e identificación que organiza y concentra la información sobre personas desaparecidas y no localizadas con el objeto de proporcionar apoyo en las investigaciones para su búsqueda, localización e identificación. Sin embargo las acciones de las que nos informan no son parte del Registro sino de un ejercicio distinto que inicialmente llamaron censo, lo cual no existe en la Ley general.

Por tanto lo que vemos es una paradoja en donde el mismo gobierno crea dos listas de personas desaparecidas y disputa consigo mismo la “cifra oficial” y sin que ninguna de estas listas responda a la pregunta ¿dónde están las personas desaparecidas?

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